Volver a Corriente
CorrienteRegulación

El día que Colombia le puso nombre y apellido a sus ruedas eléctricas

E-Virexion

Hay una cuenta regresiva corriendo en silencio desde agosto, y casi nadie la está mirando todavía. El 1 de enero de 2027, miles de patinetas, bicicletas eléctricas y monociclos que hoy circulan por Bogotá, Medellín o Cali sin ningún tipo de identificación dejarán de ser objetos anónimos sobre ruedas. Cada uno tendrá que portar una lámina técnica que diga exactamente qué es: marca, modelo, año, potencia, peso, velocidad máxima. Una especie de cédula de ciudadanía para la micromovilidad.

El origen de esa cuenta regresiva es la Resolución 20263040030675, expedida por el Ministerio de Transporte a comienzos de agosto de 2026 para desarrollar la Ley 2486 de 2025. Hasta ahora, la micromovilidad eléctrica colombiana crecía en un terreno sin cercas: cualquier cosa con dos ruedas y un motor pequeño podía subirse a una ciclorruta, a un andén o a una calzada sin que existiera una sola categoría oficial que dijera qué era y qué reglas debía seguir. Esa ambigüedad se acaba.

Una clasificación que ordena el caos

La norma inaugura algo que Colombia nunca había tenido: una taxonomía oficial de la micromovilidad. Bicicletas eléctricas, patinetas, monociclos, triciclos y el resto de la familia de vehículos personales quedan divididos entre automotores y no automotores, y agrupados bajo una sigla que empezará a sonar cada vez más en la calle: VELMPU, Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana. No es un capricho burocrático — es la diferencia entre que una autoridad de tránsito pueda o no saber, de un vistazo, si el vehículo que tiene enfrente debe ir por la ciclorruta, por la calzada, o ninguna de las dos.

Las reglas de la calle, con número exacto

El texto no se queda en clasificar; también dicta cómo se conduce. Casco certificado y ropa reflectiva en condiciones de baja visibilidad. Un tope de 25 km/h en ciclorrutas y espacios recreativos, y de 40 km/h en calzada fuera del perímetro urbano —salvo que el municipio decida bajarlo—. Y una lista de equipamiento mínimo que convierte a estos vehículos, técnicamente, en algo mucho más cercano a un medio de transporte regulado que a un juguete urbano: frenos, luces delanteras y traseras, direccionales, avisador acústico, indicador de batería y velocidad, y un limitador que impida forzar el vehículo más allá de su tope permitido.

La pieza que todos están llamando "la placa"

Pero si hay un elemento de esta resolución que ya se tomó la conversación pública, es esa lámina de identificación que la prensa bautizó, sin mucha ceremonia, como "la placa". No es una matrícula en el sentido tradicional del automóvil o la moto — es una etiqueta técnica que debe llevar visible el vehículo, y que resume su identidad completa: marca, modelo, año de fabricación, número de serie, peso, potencia, categoría, clase y velocidad máxima.

El alcance sorprende a quien lo revisa con calma: no aplica solo a las patinetas de alquiler que ya todos conocen. Cobija a todo VELMPU, y también a cualquier vehículo eléctrico —con batería incluida— que pese 60 kilogramos o menos, además de los que superen ese peso pero no pasen de 40 km/h de velocidad de fábrica. En la práctica, casi ningún vehículo eléctrico liviano queda por fuera.

Tres meses para aprender, antes de que empiecen las multas

El Gobierno, consciente de que está introduciendo una obligación completamente nueva, optó por no salir con el garrote primero. Antes de que las sanciones entren a operar, habrá tres meses de pedagogía a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pensados para que fabricantes, comercializadores y usuarios entiendan la norma antes de tener que cumplirla al pie de la letra.

Lo que esta norma no toca

Vale la pena decirlo con claridad, porque es la confusión que más se repite: esta resolución no mueve la frontera entre una patineta eléctrica y una motocicleta eléctrica. Si una moto eléctrica tiene la potencia, la velocidad o el diseño de una motocicleta convencional, sigue exigiendo licencia A1, SOAT, matrícula y revisión técnico-mecánica, exactamente igual que una de combustión. El nuevo régimen liviano es, precisamente, para lo que es liviano.

Entre agosto de 2026 y enero de 2027 hay una ventana que el sector eléctrico colombiano no puede dejar pasar: fabricantes que deben empezar a etiquetar, comercializadores que deben explicarle al comprador qué está adquiriendo, y usuarios que tendrán que aprender a leer su propio vehículo como quien lee una hoja de vida. La calle colombiana está a punto de dejar de ser anónima.

E-VIREXION seguirá de cerca la implementación de esta resolución hasta su entrada en vigor.